Chelique
Sarabia : El
Derecho de Autor
Estimados colegas:
Sin ánimo de polemizar y haciendo uso de la mas elemental racionalidad,
de mi derecho a expresar libremente mis pensamientos, por ahora, y
de mis deberes y derechos ciudadanos, considero prudente hacerles conocer
mis reflexiones respecto a la pretendida modificación del artículo
98 constitucional.
La
ambigüedad y la falta de claridad del texto modificado, en
lo que respecta al disfrute patrimonial de los derechos que como Autor
y Compositor me corresponden por la difusión y comercialización
de mis obras, me hacen pensar que aunque se me reconozca la paternidad
de mis canciones, no tendré derecho a disfrutar de los beneficios
económicos que de su mercadeo se deriven.
He
llegado a esta conclusión luego de haber leído y
releído la propuesta y de recabar y analizar toda la información
que al respecto ha sido publicada tanto en los medios impresos como
radioeléctricos.
Partiendo del principio:
¿Sabían ustedes que entre los proponentes de dicha modificación
se encuentran entre otros, la Asociación de Trabajadores de
la Economía Informal, asi como la Asociación de Trabajadores
Intelectuales del Sector Informal del Estado Portuguesa o la Asociación
Bolivariana Autónoma de Trabajadores de CompacDisc del Estado
Lara y la Fundación de pequeños comerciantes y expendedores
de videos, CD’s y cassettes del Estado Zulia?
¿Se percataron ustedes que ninguno de éllos
es autor o compositor?
¿Sabían ustedes que la Presidenta de la Asamblea Nacional,
Señora Cilia Flores, dijo en unas declaraciones en TV “que
los pobres quemadores de discos también tenían derecho
a llevar el sustento a sus hogares”…?
Por
supuesto que tienen derecho, está contemplado en la constitución
y es un deber del estado proporcionarlo, creando las condiciones para
que esto se cumpla, pero no a costa o en detrimento de otros sectores
de la Sociedad que intervienen en la creación, producción
y comercialización de libros, cassettes, CD’s, películas,
software, entre otros y que también están amparados por
el mismo derecho.
Indudablemente
que con la redacción del artículo 98
constitucional en los términos planteados por la propuesta,
se consigue el objetivo de conculcar el derecho patrimonial de empresas
y/o particulares sobre patentes, fórmulas, marcas, lemas, franquicias,
actualmente protegidas y que no están no acordes con estos aires
socializantes de estos tiempos que se respiran en el país.
Sin
embargo, a mi juicio, en los términos planteados en la
propuesta de reforma, no solo se afecta a éllos, sino también
a quienes como ustedes y yo, somos autores o compositores.
Ciertamente
que de acuerdo con la interpretación que da la
Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), la eliminación
de la segunda parte del artículo 98, no es tal, sino que queda
incluida en la primera parte del artículo modificado en concordancia
con el artículo 22 constitucional actualmente vigente. Ahora
bien, ¿que justifica cambiar una protección expresa que
en buen castellano no necesita interpretación por una tácita
sujeta a eventuales leguleyismos?
En
la propuesta el legislador reemplazó la segunda parte del
artículo 98 copiando casi textualmente el encabezamiento del
artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos suscrita por nuestro país el 10 de diciembre de 1948
sustituyendo la frase “toda persona tiene derecho” por
la de “el estado reconocerá los derechos de todos y de
todas”, quedando entonces de esta manera:
“El estado reconocerá los derechos de todos y de todas
a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad, a gozar
de las artes y a participar del progreso científico, así como
de los beneficios que de ello resulte”
Cuando
analizamos el entrelineado de esta segunda parte del artículo
modificado nos encontramos con que:
“el estado reconocerá los derechos de todos y de todas
a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad….”
Me pregunto:
¿Qué quiere decir el legislador cuando concluye que….así como
de los beneficios que de ello resulten.
…quién
recibe los beneficios?.....el autor, o todos y todas?....los que
toman parte libremente de la vida cultural de la
comunidad?....
…qué le costaba al legislador agregar la segunda parte
del artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos el cual reza:
“Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses
morales y materiales que le corresponden por razón de las producciones
científicas, literarias o artísticas de que sea autor”
En
esta época de “cambios profundos” pudiere pasar
que al Presidente se le ocurra denunciar los tratados, convenios o
acuerdos internacionales suscritos por gobiernos anteriores, por no
estar en línea con su proyecto político, o modificar
por vía de futura enmienda o reforma discutida relancinamente,
el citado artículo 22 de la constitución vigente el cual
reza:
“La enunciación de los derechos y garantías contenidas
en esta constitución y en los instrumentos internacionales sobre
derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que,
siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La
falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio
de los mismos”
De éllo ocurrir, ni siquiera tendríamos entonces la “protección
implícita” ya mencionada.
Con
estas reflexiones solo pretendo contribuir al entendimiento y comprensión de un tema, que si bien no atañe de manera
directa a toda la población, es de interés de “todas
y todos” los creadores de Venezuela, sin distingo político,
en especial de los que hemos tenido la suerte de haber “enriquecido” de
alguna manera el patrimonio cultural universal, llevando a otras latitudes
nuestro sentir venezolanista a través de nuestras obras, con
lo que hemos llenado de orgullo a toda nuestra gente que se ha visto
reflejada y congraciada con nuestro éxito que es el de todos
nosotros.
Estimados
colegas, amigos, hermanos….saquen ustedes sus propias
conclusiones!
Yo,
las mías,… ya las saqué!
NO A LA REFORMA
Chelique Sarabia
Chelique
Sarabia es
un músico y compositor Venezolano, sus obras son reconocidas
an nivel mundial. Los
puntos de vista expresados no necesariamente son los de Petroleumworld.
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09 11 07
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