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La trácala


Aquí en síntesis las principales reformas a la Constitución Bolivariana de 1999 en Venezuela, propuestas de una manera tramposa, ya que de acuerdo a los constitucionalistas para estas reformas se necesitaria una Asamblea Constituyente, ya a que tocan la medula de la constitucion vigente.

- REELECCIÓN:

Reelección inmediata del presidente, de manera continua y por periodos de 7 años.

- FUERZA ARMADA:

Creación de la Fuerza Armada Bolivariana (FAB) como un cuerpo "popular, patriótico y antiimperialista".

Las "milicias nacionales" sustituirán a la tradicional reserva militar y estas se integrarán como un componente más de la FAB.

La Guardia Nacional -policía militar- se transformará en un "cuerpo esencialmente militar" (...) y militares" la guardia territorial o integrar cualquiera de los cinco pilares de los que constará la FAB.

- TIPOS DE PROPIEDAD:

Se reconoce la propiedad estatal; la privada, la mixta -pública y privada-; social directa y social indirecta.

"Se fomentará la propiedad social directa o comunal y la propiedad social indirecta o estatal", así como "empresas de producción social" para construir una "economía socialista" y se prohíbe el monopolio.



- BENEFICIOS LABORALES:

Se reduce la jornada laboral diaria de 8 horas a 6 horas diarias. También se propone incorporar un fondo que garantice a los "trabajadores no dependientes" derechos como vacaciones, jubilaciones, reposos, prenatal, post natal y otros.

- PODER POPULAR:

Además de los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y ciudadanos, el mandatario nacional propone la creación del Poder Popular, que se "expresa constituyendo comunidades, comunas y el autogobierno de las ciudades".

- COMUNAS:

El poder popular y las comunas serán la base del poder público en Venezuela y estará expresado en consejos obreros, campesinos y estudiantiles.

" El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce a través del poder popular que no nace del sufragio (...) sino que se expresa en comunidades, comunas y autogobierno de las ciudades".

- GEOMETRÍA DEL PODER

Modificación de los espacios aéreos, marítimos y territoriales de Venezuela, mediante la creación de ciudades comunales, provincias federales, ciudades federales y distritos funcionales, así como cualquier otra entidad que establezca esta Constitución y la ley.

Asimismo, se propone la designación por parte del Ejecutivo de autoridades especiales en caso de contingencia o emergencia nacional.

- ECONOMIA:

Eliminación de la autonomía del Banco Central de Venezuela.

Las Reservas Internacionales serán manejadas por el Banco Central de Venezuela, bajo la administración y dirección del Presidente de la República.

- ESTADO DE EXCEPCIÓN:

El Presidente o Presidenta de la República podrá decretar los estados de excepción. Podrán ser restringidas o suspendidas temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas al derecho a la vida, la prohibición de tortura, incomunicación y la desaparición forzosa.

Los principales cambios afectan a la suspensión del derecho a un proceso justo y al derecho a la información y, al tiempo de duración del estado de excepción que será ilimitado.

- EDAD PARA VOTAR A LOS 16 AÑOS

Son electores o electoras todos los venezolanos que hayan cumplido dieciséis años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.

Fuente : AFP

Petroleumworld 18 10 07

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